Lo primero que ha de saber es que usted puede romper en cualquier momento su relación laboral, haya firmado el contrato que haya firmado, y sin justificación alguna. Sólo ha de cumplir con dos requisitos, la comunicación a la empresa, y que su decisión haya sido libremente tomada y no impuesta por el empresario.
Como decíamos, es muy importante que no pida la baja voluntaria si esta viene impuesta por el empresario, así como tampoco deberá pedirla cuando la empresa haya cambiado sustancialmente las condiciones del contrato, o se hayan producido impagos o malos tratos, por ejemplo. Ante éstas y otras situaciones lesivas, existen otras formas de romper la relación laboral sin que pierda su derecho a recibir la indemnización, y poder pedir el paro.
En cuanto a la forma en la que tendrá que presentar la comunicación, lo más recomendable es hacerlo por escrito y siempre por duplicado. Es decir, entregando una copia a la empresa y quedándose usted otra que vaya sellada por dicha empresa. No obstante, si se negase la empresa a sellar dicha comunicación, puede usted enviarla a través de burofax.
Además, dicha comunicación deberá hacerse, salvo que se encuentre usted en periodo de prueba, con el preaviso que venga indicado en el Convenio Colectivo o el que, en su defecto, se haya pactado en el contrato de trabajo. Y si no constase el plazo de preaviso, ni en el convenio ni en el contrato, son 15 los días que con carácter general fija el Estatuto de los Trabajadores.
Dicho esto, si usted no cumple con el preaviso, el empresario podrá descontarle del finiquito los días que falten del preaviso, o incluso reclamárselos, en aquellos supuestos en los que el descuento sea superior a dicho finiquito.
Además, debe saber también, que mientras se encuentre usted en plazo de preaviso, la relación contractual continúa vigente, pudiendo por consiguiente retractarse de la baja voluntaria presentada.
En cuanto al finiquito, el último día que usted trabaje en la empresa, tendrá ésta que trasladarle la propuesta de liquidación. En el caso de no esté de acuerdo con dicha propuesta, tendrá que poner: no conforme, fecharlo, y firmarlo. Recuerde que no tendrá derecho a indemnización, pero sí a reclamar las cantidades que pudiera adeudarle la empresa.